Prestaciones y servicios

OTRAS PRESTACIONES Y SERVICIOS A LA CIUDADANIA

Terapias respiratorias domicilias

 

Para pacientes que por su patología precisan alguna de las siguientes prestaciones por oxígeno:

  • Oxigenoterapia (Cilindro o Concentrador).

  • Aerosolterapia.

  • Presión positiva de oxígeno en vía aérea (CPAP).

  • Oxigenoterapia líquida.

  • Presión positiva bienal via aérea (BIPAP).

La primera prescripción de oxigenoterapia continua domiciliaria la puede prescribir el Facultativo Especialista o el médico de Atención Primaria, en este caso de forma excepcional. Esta prescripción tendrá una validez de tres meses como máximo. La prescripción de continuación del tratamiento de oxigenoterapia continua domiciliaria la puede realizar exclusivamente, el facultativo especialista en Neumología.

Cuando un paciente con prescripción de oxigenoterapia domiciliaria tenga necesidad de desplazarse a otra localidad de diferente Área Sanitaria de Influencia, deberá comunicarlo al Servicio de Atención a la Ciudadanía mínimo quince días antes del desplazamiento, para que se autorice dicho traslado, aportando la documentación requerida en el Impreso para desplazamiento debidamente cumplimentado. Es requisito indispensable para su dispensación con cargo al Servicio Andaluz de Salud, así como para tramitar su solicitud de desplazamiento a otras localidades, el tener el documento de prescripción en vigor.

Transporte Sanitario

 

La indicación de transporte sanitario corresponderá al facultativo responsable de la asistencia, y obedecerá únicamente a causas médicas que hagan imposible el desplazamiento del paciente con sus propios medios. La prescripción y autorización debe ser previa al traslado. Se formalizará por escrito, cumplimentando todos los datos del documento P.100. Podrá ser realizado en transporte sanitario propiamente dicho (ambulancia individual o colectiva).

Visado de recetas

 

Determinados medicamentos como son los medicamentos de diagnóstico hospitalario, productos dietoterápicos y de nutrición enteral, medicamentos de control especial y formulas magistrales, absorbentes, tiras reactivas, medias y sondas, precisan de un visado previo a su dispensación con cargo a fondos públicos.

En todo caso, la indicación para la que el médico prescribe un medicamento o producto sanitario deberá corresponderse obligatoriamente con una de las indicaciones autorizadas por el órgano competente.

Ayudas para la audición

 

Para pacientes hipoacúsicos de 0 a 16 años de edad, afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial, transmisiva o mixta, permanente, no susceptible de otros tratamientos, con una perdida de audición superior a 40 dB en el mejor de los oídos (valor obtenido promediando las frecuencias de 500, 1000 y 2000 Hz.)

El Servicio Andaluz de Salud vinculará la prescripción de los audífonos y moldes adaptadores a programas de detección precoz, tratamiento completo y seguimiento de la hipoacusia y el importe máximo que abonará por artículo será de 800 euros por audífono y 30 euros. por molde adaptador.

Prestación ortopédica

 

Las prestaciones ortoprotésicas cubiertas por el Servicio Andaluz de Salud son aquellos artículos incluidos en el Catálogo General de Ortoprotésica, así como la reparación de los mismos, o sustitución parcial de sus componentes deteriorados.

La prescripción debe hacerla un Médico Especialista, en receta de ortopedia (P.14) y es gratuita para todas las personas que residen en la Comunidad Autónoma Andaluza. Existen productos como las sillas de ruedas, andadores y muletas, que deben ser devueltos a los Centros sanitarios, una vez que dejen de tener utilidad para el paciente al que se le indicó.

Los pacientes residentes en otras comunidades autónomas abonarán el importe del producto, solicitando posteriormente el reintegro de gastos a su servicio de salud.

La prestación de productos de ortoprotésicos en régimen de hospitalización en el Hospital Infanta Elena, se regula mediante acuerdo firmado con los gabinetes dependientes y propuestos por las empresas que previamente han firmado el Convenio de colaboración.

Derechos y garantías

Derechos y garantías

Información de interés

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